Etiquetado frontal de alimentos, un aporte en la búsqueda de una alimentación saludable
Los cambios de hábitos de la población impactaron de lleno en su alimentación, caracterizada hoy por una utilización cada vez menor de productos frescos en la preparación de sus comidas, y a volcarse en forma creciente hacia productos procesados y ultraprocesados. Este aumento del consumo de alimentos con altas cantidades de azúcares agregados, grasas saturadas y sodio, sumado a la adopción de estilos de vida cada vez más sedentarios han generado un impacto negativo sobre la salud.
Uno de estos es el exceso de peso, que se ha transformado en el problema más grave de malnutrición en la Argentina y uno de los principales de la salud pública. El exceso de peso –sobrepeso y obesidad– puede incrementar el riesgo de padecer más de 200 problemas de salud, entre ellos: diabetes, hipertensión arterial, enfermedades respiratorias crónicas, cardíacas, de los riñones, del hígado y algunos tipos de cáncer.
Según la Segunda Encuesta Nacional de Nutrición y Salud, en el grupo de 5 a 17 años, el exceso de peso afecta al 41.1% de los niños y adolescentes. Y en adultos, al 67,9% según la Encuesta Nacional de Factores de Riesgo.
El etiquetado frontal de alimentos –aprobado en la Argentina en octubre de 2021 y reglamentado en marzo de 2022– aparece como una herramienta potencialmente valiosa para la población a la hora de sortear las dificultades que presentan tablas nutricionales diseñadas con letras de tamaño prácticamente ilegible, o para interpretar la información que ahí se brinda. O directamente para eludir las promesas de productos que, detrás de un nombre o un eslogan, aseguran beneficios para la salud. El uso del etiquetado frontal puede facilitar la selección de alimentos y promover una alimentación más saludable, aunque a veces puede ocultar otra información nutricional importante.
¿Qué tipo de etiquetas podemos encontrar en los productos?
Los alimentos y bebidas sin alcohol envasados que tienen nutrientes críticos por encima de los valores establecidos por la ley deben incluir un octógono que advierta según corresponda: “Exceso en azúcares”, “Exceso en sodio”, “Exceso en grasas saturadas”, “Exceso en grasas totales”, “Exceso en calorías”. En el caso de que contenga edulcorantes, el envase debe tener la leyenda: “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”. Lo mismo si contiene cafeína. Los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio son aquellos que establece el Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud.
Los octógonos tienen que ser de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas y deben ser de un tamaño no inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase.
¿Cuál es su impacto?
La nutricionista Laura Romano, desde su cuenta @integralnutrición opina que “los sellos no hablan necesariamente de la calidad del producto, sino de la cantidad de nutrientes críticos que tienen. Van a resumir la cantidad de nutrientes críticos que va a tener la tabla nutricional, pero la calidad siempre la evaluamos en la lista de ingredientes”. Romano llama la atención sobre lo que puede soslayar el etiquetado: “Para que el producto tenga el octógono de exceso en azúcares. Tiene que tener más de un 20% de las calorías que provengan del azúcar. No es una unidad en gramos, sino que es en relación a las calorías. Si un alimento tiene 100 calorías, supongamos el 20% de cien son 20 kilocalorías, que son cinco gramos de azúcar, va a tener un sello alto en azúcar. Pero, si un alimento tiene 500 calorías, el 20% de 500 es 100, o sea 25 gramos. Tenemos un alimento con 25 gramos de azúcares y otro con cinco gramos de azúcares, y los dos tienen el mismo sello. Por eso es que insisto que hay que seguir mirando la tablita”
Algo parecido señaló Susana Socolovsky, Doctora en Ciencias Químicas de la UBA y científica especializada en Alimentos en Radio Con Vos: “Creo que los octógonos en la Argentina dan información falsa, sobre todo en alimentos bajos en calorías, o reducidos en calorías, porque el sistema que se utiliza para hacer el cálculo, cuando es exigible el sello, está basado en cuántas calorías son aportadas en el alimento por el nutriente azúcar, divididas las calorías del alimento, y por ende, cuando el denominador es más pequeño, matemática simple, matemática pura, si yo divido por un número más bajo el cociente es más alto. Por eso estamos viendo en la Argentina, por ejemplo, quesos untables que tienen tres sellos y quesos untables de las mismas marcas, que son regulares,que tienen el doble de calorías, y cuatro veces más de grasas que tienen sólo dos sellos. Si yo en base al número de sellos, le digo a un paciente que consuma el alimento que tiene menos sellos, lo estoy induciendo a consumir el alimento de peor composición nutricional”.
La nutricionista Agustina Murcho (@nutricion.ag), opina que tiene aspectos positivos y negativos. Por un lado, porque presiona a las marcas para que cambien las fórmulas de sus alimentos. “Esto para mí es algo positivo, ya que las marcas al no querer tener octógonos, cambian sus fórmulas de sodio, azúcar, grasa”, destaca Murcho. Pero también cuestiona que los octógonos aparecen en algunas ocasiones en productos saludables: “A veces lo vemos en productos de buena calidad nutricional. Algunos productos más procesados tienen los mismos sellos que otros que no, generando confusión”
El etiquetado frontal es un aporte más en la búsqueda de una alimentación saludable, pero no el único. Se debe complementar con otras herramientas como la educación alimentaria y la adquisición de hábitos alimentarios saludables y sostenibles. Para esto es esencial el acompañamiento de profesionales, médicos y nutricionistas que te ayuden en el diseño de un plan de alimentación acorde a tus necesidades y condiciones.
Fuentes:
CESNI – Asociación Civil Centro de Estudios Sobre Nutrición Infantil Dr. Alejandro O´ Donnell. Observatorio de la situación nutricional. (2019) recuperado de
https://observatorio.cesni.org.ar/wp-content/uploads/2019/12/SOBREPESOYOBESIDAD-2019.pdf
Honorable Congreso de la Nación (2022) Ley de etiquetado frontal. Ley 27.642 Promoción de la Alimentación Sustentable. recuperado de
OPS. Etiquetado frontal de advertencias en Argentina. Organización Panamericana de la Salud. Recuperado de https://www.paho.org/es/etiquetado-frontal-advertencias-argentina